El Senado prevé despenalizar el consumo y comercio de la marihuana, previo pago de impuestos
En la primera mitad del año 2021 podrían iniciarse los primeros negocios de venta o distribución de marihuana en México, siempre y cuando personas físicas, o empresas expresamente constituidas para ello, obtengan una licencia que será otorgada por el gobierno federal, de acuerdo con el predictamen de la Ley para la Regulación del Cannabis elaborado en el Senado.
Además de despenalizar el consumo lúdico de la marihuana, el proyecto normativo considera el pago de impuestos a partir de permitir la venta, comercialización, distribución y suministro de cannabis psicoactivo, en tanto que para fines industriales médicos y de investigación se podrán importar y exportar productos derivados o con base en cannabis.
Las asociaciones para consumo de marihuana también estarán permitidas, aunque no podrán funcionar como establecimientos abiertos al público, pues el permiso que deberán obtener estará limitado a sus socios.
De esta forma, la legislación con la que México regulará la marihuana intenta cerrarle el paso al tráfico ilegal de este psicotrópico, respetando el derecho al libre desarrollo de la personalidad de los adultos que quieran consumirlo para fines recreativos, aprovechando además los efectos fiscales que tendrá la venta legal de cannabis en nuestro país.
Licencias exclusivas
El proyecto de ley prevé que habrá cuatro tipos de autorizaciones que deberán obtenerse si se quiere participar en el mercado permitido de la marihuana: Las licencias, que son excluyentes entre sí, serán para Cultivo, Transformación, Venta, y Exportación o Importación de cannabis. Todas estas licencias incluirán las actividades auxiliares de transporte y almacenamiento.
No obstante, solo podrá otorgarse “un tipo de licencia por cada persona titular”, a fin de que no haya una integración vertical de la industria del cannabis, es decir, se quiere evitar la concentración de grupos o personas en la cadena productiva y de comercialización.
Tal y como se expresa en los artículos 35, 36 y 37 del predictamen de ley, cuya copia está en poder de Alto Nivel, quien se dedique a cultivar la planta no podrá venderla de manera directa, sino que tendrá que comercializarla a una persona o empresa que tenga licencia de venta, la cual sí estará autorizada para tratar con el público consumidor.
Aunque en este aspecto la propuesta normativa retoma algunas medidas positivas que se encuentran, por ejemplo, en la legislación que regula la marihuana en Canadá, el texto de la ley que deberán votar los senadores aun es ambiguo, faltan detalles específicos en cuanto a los derechos y obligaciones que otorgarán cada una de las licencias.
Estas precisiones deberían estar contenidas en la ley, y no solo en su futuro reglamento, a fin de evitar que un solo ente, el Poder Ejecutivo, determine los lineamientos fácticos y facultades que se darán con las licencias. Si los legisladores desarrollan la norma con mayor precisión se evitará la creación de monopolios en el mercado legal de la marihuana, y se disminuirá el riesgo de corrupción en la estructura administrativa de vigilancia.
De hecho, en este tenor hay importantes divergencias entre los senadores del grupo mayoritario de Morena, pues hay legisladores que no están de acuerdo en la fragmentación del mercado planteada en el predictamen.
En las comisiones de Salud, Justicia y Estudios Legislativos, encargadas de elaborar el proyecto, hay opiniones que ya han sido influenciadas por cabilderos empresariales, por lo que no debemos descartar que el texto sea modificado antes de su votación, a fin de permitir que algunos consorcios puedan obtener más de una licencia al mismo tiempo.
Clubes de consumo
La imagen de los establecimientos abiertos al público para consumir marihuana, similares a las coffeeshops que desde los años setenta funcionan en Ámsterdam, Holanda, no se materializará en México. El uso lúdico o recreativo del cannabis, sin que sea penalizado, solo podrá hacerse en lugares cerrados como el domicilio particular del consumidor, o en el de asociaciones específicas que solo podrán prestar servicios a sus socios.
Las personas mayores de 18 años, con capacidad de ejercicio, que no sean mujeres embarazadas, podrán consumir marihuana para su uso personal. También podrán plantar, cultivar, cosechar y preparar hasta “cuatro plantas de cannabis de efecto psicoactivo en floración” por persona. Si en el domicilio habitan más de cinco adultos, por ningún motivo en el inmueble podrá haber más de 20 plantas de marihuana.
Si un grupo de personas quiere consumir cannabis podrán crearse asociaciones civiles sin fines económicos, con el único objeto de satisfacer las necesidades individuales de sus asociados con respecto al uso lúdico de la marihuana. Estas asociaciones podrán sembrar, plantar, cultivar y preparar marihuana hasta la cantidad equivalente a 4 plantas de cannabis psicoactivo por persona asociada al año.
De llegar a existir un excedente del psicotrópico, este deberá donarse a las instituciones que determine el futuro Instituto Mexicano del Cannabis, apunta el predictamen. Solo los socios podrán fumar marihuana en el lugar sede de la asociación, donde no podrán consumirse al mismo tiempo bebidas alcohólicas de ningún tipo.
Venta legal
El predictamen de la Ley para la Regulación del Cannabis intenta crear un mercado ordenado en la venta para consumo individual de la marihuana. Aquellos que la siembren y cosechen para fines lúdicos o recreativos deberán comprobar la adquisición lícita de sus semillas, para ello habrá negocios permitidos que las expenderán.
En ese tenor, la dependencia que regulará y vigilará estas actividades será el Instituto Mexicano del Cannabis, un organismo descentralizado de la Secretaría de Gobernación que se encargará de otorgar las licencias para comercializar la marihuana.
No obstante, la venta legal del psicotrópico tendrá algunas restricciones: No podrán venderse productos comestibles ni bebibles que contengan marihuana; la hierba no podrá mezclarse con otras sustancias adictivas, como alcohol o tabaco; y ninguna persona o empresa con licencia podrá comercializar productos que excedan los niveles de Tetrahidrocannabinol (THC) que establecerá la autoridad. El THC es el componente psicoactivo de la planta de cannabis.
De igual forma, el gobierno federal implementará un mecanismo de trazabilidad de las semillas de marihuana que se comercialicen en México, con el fin de controlar de manera estrecha su distribución, siembra y cosecha.
Si se cumplen todos estos parámetros, eliminándose algunas ambigüedades que contiene el proyecto, y se vigila evitando la corrupción en el mercado, la norma que regulará la venta y uso del cannabis en México concluirá con un siglo de prohibición, a partir del cual se creó un redituable negocio ilícito que por décadas ha lesionado a nuestra sociedad.
Fuente:
Reuters